Política para el programa de transparencia y Ética empresarial.
La sociedad ALIMENTOS BALANCEADOS TEQUENDAMA S.A. ALBATEQ S.A., en adelante la Compañía, está comprometida en cumplir las leyes nacionales e internacionales, adoptando estándares de transparencia, ética y cumplimiento legal para sus empleados y partes relacionadas bajo las condiciones mínimas definidas en la Ley 1474 de 2011, ley 1778 de 2016, Ley 2195 de 2022 y complementarias, por las cuales se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de Corrupción y Soborno Transnacional, y la efectividad del control en la gestión de sus colaboradores, en el cumplimiento de Transparencia y Ética empresarial.
El propósito de esta Política, es orientar y transmitir a las partes relacionadas que interactúan directamente con la Compañía: empleados, clientes, proveedores, socios, representantes legales y todas las demás personas que se relacionan indirectamente, las directrices legales y comportamientos lícitos y éticos que deben observar y cumplir, al momento de realizar funciones, negocios y/o transacciones, con la Compañía, los cuales en adelante se realizarán con las mejores prácticas del mercado, en un marco de Transparencia y Ética empresarial.
La Compañía “NO TOLERA”, ni acepta, ni promueve o participa en ninguna forma de negocio, transacción, acuerdo, considerado como soborno, corrupción o fraude, y por ello todos los miembros directos e indirectos de la Compañía, deben demostrar total apoyo y compromiso para cumplir con la Política y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial, desarrollado por la Compañía.
La compañía adopta una cultura de “Cero tolerancia”, frente a la corrupción, y determina que este principio es un compromiso de todos sus grupos de interés
La Política de Transparencia y Ética Empresarial, en adelante; PTEE, está regida por los Principios y Directrices establecidas en el Manual y anexos que contiene el PTEE y demás lineamientos conductuales de ALBATEQ S.A, que agrupan de forma individual y colectiva, los procedimientos, las herramientas y control, con el propósito de proveer una alineación de los principios de organización y conducta de la sociedad, destinados a prevenir los delitos contemplados en la Ley y los relacionados con corrupción, soborno Transnacional y sus derivados o conexos, que son prohibidos y deben ser controlados por la Compañía.
El programa de Transparencia y Ética Empresarial de la Compañía, tiene el fin de evitar, mitigar, detectar, investigar y corregir cualquier forma de conducta indebida en cualquier actividad que desarrolle la Compañía, para ello, el Representante Legal y la Junta Directiva, dispondrán de las medidas operativas, físicas, económicas, recursos operativos y tecnológicos, adecuados para el cumplimiento de las labores del Oficial de Cumplimiento, el cual llevará el Control y Supervisión de las Políticas de Cumplimiento del Programa de Transparencia Ética Empresarial.
La alta dirección y el representante legal de la compañía están comprometidos en promover una cultura encaminada al desarrollo de negocios bajo sus valores corporativos tales como Respeto, responsabilidad, honestidad y transparencia, con observancia y cumplimiento de los principales presupuestos legales que regulan la prevención y control de LA/FT/FPADM, Corrupción y Soborno Transnacional, que rigen los principios éticos de la compañía.
Por lo anterior, todas las partes relacionadas y/o aliados o vinculados con la Compañía, asumen el compromiso de desarrollar todas sus funciones bajo estos principios y conductas legales y formales que garanticen la transparencia de sus actividades.
La Compañía se compromete a: i) abstenerse de realizar acciones que falten a la ética; ii) promover, mantener y fortalecer el Programa de Cumplimiento, el Sistema de Control Interno y una cultura ética y transparente; iii) contar con herramientas que identifiquen los riesgos de la Sociedad y contemplen medidas de control para mitigarlos; iv) no tolerar actos de favoritismo, clientelismo o nepotismo en los procesos de selección; v) tener canales adecuados y confidenciales para recibir asesoría y consejo (inquietudes y consultas) y quejas; vi) cooperar con autoridades de control; vii) contar, dentro de su estructura orgánica, con un área independiente que garantice la adopción y gestión del Programa de Cumplimiento, del Sistema de Control Interno y que promueva su aplicación y articulación en ALBATEQ S.A.
Ni los empleados, ni colaboradores, ni representantes de la Compañía, podrán prometer, ofrecer, dar o recibir regalos, atenciones, invitaciones o cualquier tipo de beneficio, con la intención de obtener o retener negocios, asegurar una ventaja indebida o influenciar en las acciones o decisiones de funcionarios de Gobierno o de una empresa. Así mismo, no se permite solicitar, aceptar o acordar recibir algo de valor, si el artículo está destinado o parece estar destinado a obtener una ventaja comercial indebida que atenten contra los lineamientos y políticas definidas en el Manual del Programa de Transparencia y Ética Empresarial de la Compañía.
Todos los empleados y colaboradores deben informar al Oficial de Cumplimento, a través de los canales establecidos, sobre alguna anomalía asociada con corrupción, soborno y/o soborno trasnacional.
La Compañía dispone de un canal o línea ética, para que, de forma anónima y confidencial, los colaboradores y terceros en general, denuncien situaciones relacionadas con fraudes, soborno nacional, conflictos de intereses, soborno Transnacional, actos de corrupción, actividades ilícitas e incumplimiento legal o del Manual y programa de Transparencia y Ética Empresarial, y/o políticas y procedimientos de la Compañía, y cualquier otra situación irregular, que se presente al interior de la compañía, esta línea es el correo lineaetica@riskint.com., y la línea 018005189902, para marcar de forma gratuita desde cualquier teléfono fijo o celular.
Los Empleados y Administradores que incumplan con lo establecido en el PTEE estarán sujetos a sanciones de acuerdo con lo previsto en el reglamento interno de trabajo, sin perjuicio de lo contemplado en las leyes locales y deberán anteponer el cumplimiento de normas establecidas para la prevención de los riesgos Corrupción y Soborno Transnacional, frente al logro de las metas comerciales y adquisición de bienes y servicios dentro de la Compañía.
El incumplimiento y/o violación de esta Política o del Manual de PTEE, constituye una falta e incumplimiento grave contractual, indistintamente de la naturaleza del contrato, convenio o vinculación con la Compañía, que podrá generar como consecuencia, además de las legales, la terminación del contrato de trabajo del empleado por justa causa por parte de la Compañía, terminación inmediata de la contratación y/o prestación del servicio o labor, entre otras consecuencias sancionatorias pecuniarias, de responsabilidad administrativa, disciplinaria y si es del caso denuncias penales que legalmente deban originarse.
